Hay un tema que ya propusimos cuando introdujimos la sección de debates y que cada vez estamos prestando más importancia. El registro sanitario. En sí, no es más que un numerito que te dice dónde está fabricada y embotellada la cerveza que consumes. En España es obligatorio tenerlo por ley (excepto para la venta in situ en el lugar de fabricación, como los brewpubs). ¿Entonces por qué tanto interés?
Bueno, pues porque da información. Y como blog de cerveza posicionado con los consumidores (que es al final lo que todos somos y lo que tenemos en común), nos parece que la información nunca está de más. Esto, por ejemplo, te asegura que donde se ha fabricado está en regla, tiene sus papeles completos y han cumplido sus obligaciones como empresa.
Pero es que además, si venden la cerveza como “de tal sitio”, fácilmente te lo confirma o desmiente. Y además, debería ir acompañado del lote y la fecha de consumo preferente o de embotellado. Todo esto, como consumidor, te permite identificar la cerveza (en concreto esa botella) con mayor facilidad, en caso de problemas.
Y la pregunta que queremos plantearos es… ¿Qué opináis de que se vendan cervezas sin datos como la fecha, el lote o el RGSA? Es más frecuente de lo que podría parecer, sobre todo en ferias y tiendas (los bares están más vigilados, tanto en temas de permisos y papeles en regla como de lo que en ellos se sirve). ¿Os parece bien, mal u os da igual? ¿Os fijáis en estas cosas? Os toca opinar.
Se puede discutir ad nauseum sobre lo razonable o no que son las leyes y regulaciones aplicadas a la elaboración de cerveza, pero nos gusten o no, deben ser respetadas y los consumidores deberíamos exigir que se respeten.
ResponderEliminarSi un fabricante decide no proporcionar la información que la ley le exige proporcionar, es razonable entonces asumir que esa persona no tiene todos los papeles en regla. Esto implica que este elaborador tiene una ventaja competitiva injusta en relación con aquellos que sí tienen todos los papeles en regla. Si encima de eso tienen el descaro de cobrar por sus productos elaborados en la ilegalidad lo mismo que un producto con todos los papeles en regla, see merecen ser denunciados ante las autoridades, o al menos en un foro lo suficientemente público.
Que se digan frases del tipo "esta cerveza es de tal sitio", "usa agua de un pozo de tal montaña", cuando no se nos vende en plan místico con frases del tipo "inspirada en las tradiciones de tal lugar"... y al final le das la vuelta a la botella y ves ese código maligno sin ninguna dirección (y a veces ni el código) que te desmonta toda la paradita... ¿Engaño? Más bien diría aprovechar las triquiñuelas legales que muchos desconocemos pero que advertiríamos muy fácilmente si nos diera por leer esa reveladora letra pequeña.
ResponderEliminarHombre, yo como dije en un post anterior, cuanta más información refleje la botella por ejemplo, mucho mejor para nosotros consumidores. Desconozco si el productor tiene la obligación legal de poner en sus etiquetas el lote, RGSA, etc...pero si que me da un poco más de confianza un producto que lo tenga, siendo sincero. ¿Dejaría de comprar el producto si no lo tuviera?...no lo se, dependería del local donde estuviera y del momento.
ResponderEliminarProst!!!
Para que queda claro. No es obligatorio poner el número de registro sanitario si pones la dirección donde te pueden encontrar. El caso es que te tienen que localizar. Si no tienes RGSA tendrás problemas.
ResponderEliminarEl número de lote (o en su defecto la fecha de fabricación) y la fecha de consumo preferente son obligatorios.
No tengo más que añadir.
Aparte de lo obligatorio que cada uno ponga la información que considere oportuna ya que es su cerveza.
La fecha de "consumir antes de" no me parece que deba ser obligatoria. ¿Qué opinarías de un vino con fecha de caducidad? Si conservamos la cerveza en un lugar apropiado (oscuro y con una temperatura baja y constante), puede durar mucho tiempo. Eso no quita para que haya tipos de cerveza en los que el fabricante quiera añadir esta fecha porque sabe que su degradación es rápida y difícilmente evitable (por ejemplo IPAs, en las que el lúpulo se degrada rápidamente).
ResponderEliminarLa fecha de embotellado debería ser siempre obligatoria. Y lo mismo el número de registro sanitario de la empresa.
Yo digo lo que es, lo que pone la ley.
ResponderEliminarSino pones fecha de consumo preferente te puedes encontrar con un sobresalto, eso se ha de poner.
Eso de las IPA'S no tiene nada que ver. La cerveza artesana es viva y evoluciona, normalmente gasifica más con el tiempo y pierde las caracteristicas iniciales en mayor o menor grado.
Así que entiendo que la fecha de consumo preferente debe de estar presente.
¿Eso de las IPA no tiene nada que ver? ¿En serio? Es bien sabido por la gent que sabe del tema que el lúpulo no isomerizado se degrada rápidamente. Por un lado, los aromas empiezan a desaparecer y por otro, puede empezar a generar sabores y aromas no deseados. Esto tiene mucho que ver con las IPA, muchas de las cuales se elaboran con bastante lúpulo que se agrega al final del hervor, o incluso después de este, para hacerlas más aromáticas.
EliminarLa cerveza artesana estará viva, pero si evolucionan o no, dependerá de varios factores.
PD: Las papas que encontré el otro día en un rincón oscuro del garage, frondosas raíces tenían, llenas de vida estaban, ahora, para hacer una tortilla, me parecen que muy buenas no son...
El problema con la fecha de consumo preferente o de caducidad es que en realidad no significa absolutamente nada. Queda a criterio del elaborador la fecha que pone. Sé de buena fuente de fabricantes que ponen un año y medio a pesar de que sus cervezas sin filtrar ni pasteurizar después de seis meses están casi intomables (¿pero cómo, no era que evolucionaban?) y es sabido también que hay elaboradores que pueden ajustar la fecha de caducidad según le convenga al cliente, si es que este se compromete a comprar lo suficiente.
ResponderEliminarHe caído en esta entrada buscando en Google el RGSA de un fabricante. Dicho esto, vamos al quid de la cuestión. En junio formulé una pregunta a la AESAN, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición para los que no tengan el gusto de conocerla, a lo que respondió:
ResponderEliminar"En contestación a su consulta recibida el día 19/06/2013 por medio de la página web de esta Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, en relación a: ¿Es obligatorio la inclusión del n. RGSEAA en el etiquetado de un envase de cerveza?
Le comunico lo siguiente:
En la siguiente dirección puede encontrar la información relacionada con el etiquetado: http://www.aesan.msssi.gob.es/AESAN/web/legislacion/subdetalle/etiquetado_alimentos.shtml
Atentamente le saluda,
Información AESAN"
La respuesta que esperaba era un Sí o un No... Tras leerme toooda la normativa me pude contestar yo mismo: NO, no es obligatorio.
Lúpuloadicto, yo más bien diría que se trata de un engaño haciendo uso de las triquiñuelas legales. La ley no está bien, es enrevesada como ella sola y poco coherente. Este número TENÍA que ser obligatorio, pero no lo es. Con él queda totalmente claro quien embotella esa cerveza sin posibilidad de equívocos.
Anónimo decía que no es obligatorio si está la dirección. No es obligatorio nunca. Y a propósito ¿Podría algún amable lector decirme dónde está la dirección de Victoria, la cerveza malagueña desde 1928? No la veo ni en la botella ni en el pack... El RGSA tampoco aparece. Why?
Hace unos días me encontré con una etiqueta que alababa la nacionalidad del producto pero el código que aparecía, difícil de leer a simple vista (cosa que SÍ está regulada) era de lo más extraño para una embotelladora española, acababa en B-00304
Algunos ponen en la etiqueta hasta los colores de la comunidad autonómica, y la publicidad que hacen en las redes sociales rayan el nacionalismo, pero cuando encuentras el RGSA te enteras de que no, no tiene nada que ver con esa región... Conclusión: hay quien asegura que cuando disfrutas de una cerveza no miras el numerito eso, pero yo me siento engañado, y no volveré a comprar esa cerveza.